Nueva etapa en el caso Negreira. El juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona ha dictado una nueva interlocutoria con que decide quién es quien en la investigación judicial y quien puede ser parte del caso. La magistrada ha decidido admitir la personación del Real Madrid como acusación particular, pero ha echado al Consejo Superior de Deportes como acusación particular o popular. Por otro lado, la jueza también ha admitido, previa fianza de 3.000 euros, las personaciones de Luis Jose Sáenz de Tejada Vallejo, Pompili Roiger Juny y de la Associació per a la promoció de les activitats socials i esportives 2004. A estos tres les permite personarse como acusación popular. También ha inadmitido la denuncia de Miguel Ángel Gallardo de la asociación Apedanica.
En una extensa interlocutoria, donde analiza los diferentes posicionamientos de las partes sobre la personación del Madrid, entre estas la del Fútbol Club Barcelona, la jueza resalta el apoyo del ministerio fiscal a la petición del equipo que preside Florentino Pérez. Así mismo, desestima la oposición razonada por los servicios jurídicos del Barça. La jueza entiende que los delitos de corrupción deportiva que investiga el caso son suficientemente permeables para poder admitir al Madrid. En este sentido, entiende que el club de la capital del Estado español podría haber sido perjudicado por supuestos sobornos a los árbitros.

«Bien jurídico protegido»
La resolución argumenta que el Madrid puede ser acusación particular porque en su condición de participante en la competición deportiva es titular del bien jurídico protegido. «Los hechos investigados indiciariamente se refieren a determinadas actuaciones de personas vinculadas al FC BARCELONA tendentes a favorecer a este Club en la toma de decisiones de los árbitros y, así, en los resultados de la competición», resalta la jueza.
En este sentido, añade que «tratándose de un delito de mera actividad en que basta con el ofrecimiento o la solicitud con cuyo objeto porque el delito se entienda consumado, no hace falta que se hayan producido estos resultados pretendidos para lesionar el bien jurídico protegido». Y también: «Es indiferente que corresponda a LA LIGA la organización de la competición, puesto que cualquier Club que participa tiene un interés directo en que no se produzcan actos de cualquier índole que supongan una manipulación deportiva de tal manera que se pueda producir la alteración ilegal del resultado de la competición y que supongan una quiebra a primeros de confianza e integridad que rige la competición».