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La Justicia indemniza a Sandro Rosell pero le niega 30 millones de euros

Ya es sabido que el expresidente del Fútbol Club Barcelona Sandro Rosell pasó un año y nueve meses en prisión de forma injusta. La juez Carmen Lamela ordenó su encarcelamiento de forma preventiva en mayo del 2017, al haberle acusado de blanqueo de capitales. Una vez demostrada la inocencia de Rosell, tocaba subsanar sus perjuicios. Y, si bien Sandro Rosell recibirá una indemnización, no se acerca a la que él reclamó en un principio.

El ministerio de Justicia ha propuesto una indemnización de 27 euros por día entre rejas. Esto supondría que Rosell cobraría casi 18.000 euros. Sin embargo, el barcelonés también pidió que se compensaran la cancelación de dos contratos, mientras estaba en prisión, que le habrían hecho ganar casi treinta millones de euros. Pero el ministerio de Justicia se ha opuesto a ello.

Además, según informa el ABC, entre los treinta millones de euros también se contemplaban 405.000 euros en concepto de perjuicio de reputación, 320.000 por perjuicio afectivo y 200.000 por daños psicológicos. Y, en paralelo, reclamó una indemnización por sus gastos en abogados (668.904 euros), 62.950 euros en desplazamientos de la familia a prisión y 34.660 adicionales en concepto de intereses.

El ministerio de Justicia, sin embargo, aboga que los contratos no deben ser restituidos porque si el predecesor de Josep Maria Bartomeu en la presidencia del Barça los hubiera reclamado, no los habrían cancelado . De hecho, en el texto que ha redactado la Abogacía del Estado en la Audiencia Nacional, sostienen que la prisión preventiva estaba «justificada razonablemente» porque «fue revisada reiteradamente, hasta trece veces , no sólo por el Juzgado Central de Instrucción 3 sino por la propia Audiencia Nacional», aunque finalmente el caso terminara con absolución.

Una vez notificado de la negativa a percibir la indemnización multimillonaria, Sandro Rosell ha emitido un comunicado condenando una decisión «carente de toda lógica jurídica» y lamentando que «la privación de libertad de una de las partes contratantes» es una » causa justa de resolución contractual». Además, en el comunicado, Sandro Rosell también anuncia que han «elevado» la cuestión al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.



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