Món Esport
Duro recurso de Rosell contra la imputación por el caso Negreira

El expresidente del Barça, Sandro Rosell, ha presentado recurso de apelación contra la interlocutoria del pasado 27 de septiembre, del titular del juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, en la que lo imputaba, junto con el Barça y el también expresidente Josep Maria Bartomeu, de un delito de soborno en el marco del caso Negreira. En un escrito de 17 páginas, al que ha tenido acceso Món Esport, el equipo jurídico de Rosell replica al juez que todos los delitos imputados habrían prescrito desde hace años. De hecho, Rosell dejó la presidencia del Barça el 23 de enero de 2014, y, por tanto, se tiene que aplicar la prescripción de los cinco años a los delitos de los que se le acusa: soborno, administración desleal y falsedad documental.

Además, Rosell destaca un clamoroso error procesal en su imputación, y es que «nunca fue objeto de investigación en las diligencias preliminares de la Fiscalía». De hecho, el ministerio fiscal consideró que su mandato se consideraba prescrito. Ahora bien, el expresidente ve alguna oscuridad porque afirma que la imputación llega por «una cosa extraña que pasó que hizo cambiar de criterio en el último minuto». «Una extraña razón que, de momento, desconocemos», arguye la defensa. Por otro lado, Rosell recuerda a la sección de la Audiencia de Barcelona que ya se ha visto castigado por cinco acusaciones de la Fiscalía que han acabado con absolución o en archivo y ruega no volver a pasar por una nueva «pena de banquillo».

José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros
José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros

Prescripciones para todos los delitos

El escrito de apelación hace una lectura técnica y muy esmerada de los informes policiales y de los escritos de la Fiscalía, así como una lectura detalladísima de los criterios procesales de la prescripción de los delitos. En este contexto, los abogados de Rosell razonan los motivos juridicotécnicos por los cuales consideran que los tres delitos que el juez Aguirre le imputa en la interlocutoria de soborno han prescrito. Incluso, llega a apuntar que si citan Joan Laporta o Joan Gaspart, que también fueron presidentes que hicieron pagos a José María Enríquez Negreira por supuestamente favorecer arbitrajes al Barça, solo lo podrían hacer como testigos y no como imputados. Tanto la falsedad documental, como el soborno o la administración desleal prescriben al cabo de cinco años.

Rosell da un paso más allá y apunta a una intencionalidad nada clara de la fiscal del caso y lo afirma en puridad. «Por alguna extraña razón», expone el recurso, «que de momento desconocemos, una cosa extraordinaria debió de pasar entre el 27 de febrero de 2023 -fecha del Decreto de Conclusión de Fiscalía- y el 10 de marzo de 2023 -fecha de la presentación efectiva de la denuncia de Fiscalía-, porque finalmente de forma sorprendente y contraria a la línea de investigación llevada a cabo durante un año por la fiscal Virginia Sánchez Prieto y la Policía Judicial adscrita a la Fiscalía, alguien impuso la inclusión de Sandro Rosell en el último minuto«. De hecho, hábilmente la defensa de Rosell explicita que la fiscal utiliza una argucia legal para poder aplicar el artículo 286 bis del Código Penal, que prevé una inhabilitación superior -no aplicable al ámbito del deporte y sí a la industria o el comercio- y que alcanzaría 10 años. Un plazo bastante holgado para buscarle las cosquillas a Rosell.

¿Otra pena de banquillo?

En la parte final del escrito, en el punto de conclusiones, la defensa de Rosell también contextualiza el recurso más allá de los motivos técnicos argüidos. «Es de conocimiento público que Sandro Rosell ha sufrido los últimos años un auténtico calvario personal y familiar, al haber sido sometido por la Fiscalía en hasta cinco acusaciones que todas han sido infundadas de acuerdo con resoluciones judiciales ya firmes», resalta el escrito. Así recoge el caso Mediapro por un delito de revelación de secretos; los casos Neymar I y II por corrupción en los negocios, estafa y delito fiscal; el caso Rimet de blanqueo de capitales y organización criminal y, finalmente, un juicio por delito fiscal (caso TOC).

Después de repasar todo este historial, subraya que el caso Neymar II acabó con la retirada de acusación de la Fiscalía en pleno juicio y la condena a costas de la acusación particular. Otro, como el caso Rimet, tramitado ante la Audiencia Nacional, llevó a Rosell a permanecer casi dos años en prisión provisional para acabar siendo absuelto, en uno de los «episodios más vergonzosos de la historia reciente de la Justicia española». Los abogados insisten al tribunal que no piden ningún «trato de privilegio por las injustas acusaciones que ha sido sometido por el Ministerio Público durante los últimos años». Ahora bien, sí que aseguran que «se siente legitimado para solicitar, cuanto menos, que no sea sometido por enésima vez al suplicio personal y familiar de tener que pasar por una nueva acusación y pena de banquillo sin ninguna base».



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