La Fiscalía de Barcelona ha echado por el derecho en defensa de la legalidad. El ministerio Público ha presentado un recurso contra el auto del pasado 18 de octubre dictado por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Barcelona en el marco de las diligencias previas 348/23 donde se le imputaba por varios delitos. El ministerio público alerta de que, según la ley, el inicio del cómputo del plazo de prescripción por el presidente actual del Barça, Joan Laporta, comienza cuando deja la presidencia, en el 2010.
Una fecha de las que han transcurrido más de 10 años hasta que se presentó la denuncia de la Fiscalía, por el caso Negreira, en 2023. Además, el ministerio público remarca que no se dirigía contra él y, por lo tanto, “estos posibles delitos estarían prescritos, sea qué fuera el tipo penal aplicable”. “No tiene sentido, incluso construyendo el delito continuado, que se persiga un presidente por los hechos cometidos por el siguiente. Ni Sandro Rosell responde por el que hizo Josep Bartomeu después, ni Laporta por el que hicieron estos dos presidentes que lo sucedieron al cargo”, concluye la Fiscalía.
Una fecha de las que han transcurrido más de 10 años hasta que se presentó la denuncia de la Fiscalía, por el caso Negreira, en 2023. Además, el ministerio público remarca que no se dirigía contra él y, por tanto, “estos posibles delitos estarían prescritos, sea cual fuere el tipo penal aplicable”. “No tiene sentido, incluso construyendo el delito continuado, que se persiga a un presidente por los hechos cometidos por el siguiente. Ni Sandro Rosell responde por lo que hizo Josep Bartomeu después, ni Laporta por lo que hicieron estos dos presidentes que le sucedieron en el cargo”, concluye la Fiscalía.

Una imputación estrambótica
La imputación de Laporta lleva la firma del juez Joaquín Aguirre, argumentando un presunto delito continuado de cohecho en el caso Negreira. De hecho, semanas antes de esta imputación, el magistrado incluyó este delito en la investigación y desde ese momento corría la posibilidad de que Laporta fuera imputado, ya que, a diferencia de los otros delitos que se estaban investigando hasta ahora en el caso Negreira. La prescripción del delito cohecho es de diez años y el último pago al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) tuvo lugar en el 2018, así que todavía no ha prescrito y el juez Aguirre puede imputar a Laporta ya la junta directiva de su primera etapa en la presidencia del club. También les imputa delitos de corrupción deportiva, administración desleal y falsedad en documento mercantil.
La Fiscalía, al igual que la defensa del Barça, frunció la nariz y ahora ha presentado un durísimo recurso que carga contra la decisión del juez sin tapujos. En el escrito, el ministerio público constata que el algoritmo que maneja el juez instructor no se ajusta a las normas procesales de una instrucción y da paso a considerar que habría tomado una decisión, con conocimiento de causa, que chirría con normas básicas procedimentales e instructoras con las garantías de los encartados. Asimismo, la fiscalía hace tiempo que pone en duda considerar, como hace el juez Aguirre, a José María Enríquez Negreira como un funcionario público como vicepresidente del CTA. No se puede obviar que el Comité Técnico de Árbitros forma parte de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y según consta en los documentos institucionales de la RFEF, este órgano es “una entidad privada”.