El Fútbol Club Barcelona ha recibido una notificación desfavorable de la Audiencia Nacional en lo referente a la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que impuso una multa de cerca de 23 millones de euros al club por el IRPF derivado de las retribuciones abonadas a los agentes deportivos entre los años 2012 y 2015; durante las presidencias de Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu. Una nueva resolución contra el Barça a la que la entidad ha reaccionado.
El club recalca que, hasta el momento, esta sentencia no implica ninguna obligación de pago, puesto que “esta contingencia está debidamente provisionada en las cuentas anuales del club”. Así pues, la Audiencia Nacional ha sentenciado que va el Barça hizo una simulación con el pago indirecto a jugadores y, en este sentido, el FC Barcelona ha expresado que rechaza dicha decisión y que presentará recurso ante el Tribunal Supremo, tal y como lo ha anunciado a través de un comunicado oficial emitido este viernes.

El comunicado del FC Barcelona
“El Fútbol Club Barcelona ha sido notificado de la sentencia de la sección del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de la Audiencia Nacional con relación al recurso presentado por el Club sobre la inspección fiscal que afectaba a las retribuciones abonadas a los agentes de los jugadores entre 2012 y 2015.
El Fútbol Club Barcelona presentará recurso al Tribunal Supremo.
Sorprende que esta sección del Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional no haya tenido en cuenta la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo al respecto, y por la que se han podido beneficiar otros clubes de fútbol en sentencias recientes por la misma problemática.
También sorprende el divergente criterio de la Audiencia Nacional cuando hace pocos meses otra sección estimó un recurso de nuestro club en un tema idéntico al actual que derivaba de la misma inspección en relación con el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.
Esta sentencia no comporta por el momento ninguna obligación de pago para el Club, estando esta contingencia debidamente provisionada en las cuentas anuales.”