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LaLiga celebra que se le haya denegado la cautelar al Barça por Olmo

LaLiga ha emitido un comunicado después de conocerse que el juez del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona ha denegado la cautelar al Fútbol Club Barcelona para poder inscribir a Dani Olmo y Pau Víctor hasta el 30 de junio de 2025. El organismo presidido por Javier Tebas ha celebrado la decisión, ya que ha asegurado que «no concurren ninguno de los presupuestos necesarios para la adopción de la medida cautelar«, y ha destacado todos los argumentos de la interlocutoria del juez para apoyar las tesis que la misma LaLiga ha realizado en contra de las que defendía el Barça al solicitar la cautelar e inscribir a los dos futbolistas. Además, ha hecho hincapié en que la medida de denegar la inscripción está avalada por todos los órganos de LaLiga y la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).

El comunicado de LaLiga tras la denegación de la cautelar al Barça por Olmo

LALIGA ha conocido hoy la decisión del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona que rechaza que se inscriba cautelarmente a Dani Olmo hasta el 30 de junio de 2025, ya que no concurren ninguno de los presupuestos necesarios para la adopción de la medida cautelar. Ante esta resolución, desde LALIGA se quiere aclarar que:

– La interlocutoria defiende la plena conformidad en derecho de la denegación de la inscripción de un jugador atendiendo a la aplicación del artículo 77 de las Normas de Elaboración de Presupuestos de LALIGA (NEP), por el cual, en caso de lesión de larga duración de un jugador, los Clubes pueden sustituirlo por otro jugador: “LALIGA ha realizado una interpretación motivada del artículo 77 de las NEP y, lo que es más importante, es la misma interpretación que ha realizado con todos los otros equipos de la misma competición. Incluso, la misma interpretación que se le aplicó el mes de julio de 2024 al FC Barcelona en el caso de Araújo e Iñigo Martínez”. Y añade: «Así pues, LALIGA ha dispuesto unas normas de equilibrio presupuestario implementando la competencia que la ley le confiere». Asimismo, la interlocutoria destaca que: “El objetivo de autorizar el exceso de gasto es para que una baja de larga duración no menoscabe la competición del equipo, no para que la baja de larga duración permita la inscripción de jugadores que, con su salario, exceden el límite, que es lo que pretende el FC Barcelona”.

– LALIGA, y según reconoce también la misma interlocutoria, recalca que esta decisión de no inscripción de Dani Olmo ya había sido adoptada por el Órgano de Validación de Presupuestos de LALIGA, y posteriormente fue confirmada hasta tres veces: tanto por el Comité de Control Económico y Comité Social de Recursos de LALIGA, como también por el Comité de Segunda Instancia de Licencia UEFA de la RFEF.

Es por todo esto que LALIGA celebra que, ante la solicitud de medidas cautelares de esta naturaleza, no se exceptúe la aplicación de un precepto de las NEP que ha sido aplicada hasta la fecha de igual forma a todos los Clubes, y puede alterar así de forma grave la igualdad de condiciones de las reglas de competición.

Principio que ha presidido en todo momento la actuación de LALIGA, cuando la misma Ley del Deporte ha subrayado que el Control Económico ha “resultado verdaderamente útil para garantizar la viabilidad y la integridad de las competiciones”, y cuando los tribunales han avalado en el pasado explícitamente estos mecanismos. Son claros ejemplos que la Sala Tercera del Tribunal Supremo avalara las NEP, o la denegación de inscripción de jugadores (como el caso de Pedro León, en el que la Audiencia Provincial de Madrid revocó la medida cautelar inicialmente concedida por los Juzgados Mercantil con relación a la concesión del visado previo del jugador, al considerar que “las normas de equilibrio presupuestario que limitan el coste de plantilla inscribible responden a un objetivo legítimo como es luchar contra el endeudamiento excesivo de los clubes y SAD” y “tienden a fomentar la sostenibilidad del fútbol profesional”).



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